Deducciones de Gastos Adicionales hasta 3 UIT Las personas naturales que perciban renta de 4ta y 5ta categoria en el año 2019 podrán deducir como gastos adicionales, los siguientes conceptos y porcentajes: a) Gastos por honorarios profesionales de médicos y odontólogos por la atención ( 30% ), de salud de hijos mayores de 18 años con discapacidad y que se encuentren inscritos en el CONADIS. b) Deducción de todos los gastos sustentados en recibos por honorarios de profesiones, artes, ciencias, oficios y actividades que califiquen como rentas de cuarta categoría ( 30% ). c ) Los gastos por aportaciones al Seguro Social de Salud - ESSALUD por los trabajadores de hogar, los empleadores deben encontrarse inscritos como empleador en el Registro de Empleadores de Trabajadores del Hogar. ( 10 0% ). d) L os gastos por servicios de alojamiento, comidas y bedidas ( 15% ) comprendidos en la division 55 -Hoteles y Restorantes...
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